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México debe buscar equivalencia de procesos orgánicos con otros países para ser más competitivo

Los lineamientos de producción orgánica son de “buen nivel” y hacen posible solicitar la equivalencia orgánica con programas de EU, Japón y la Unión Europea.

Ing. Taurino Reyes Santiago

Después de seis años de haberse publicado la Ley de Productos orgánicos, el pasado 28 de octubre del presente año, finalmente se publicaron los Lineamientos para la Operación Orgánica de las actividades agropecuarias en México, logro que todos los orgánicos festejamos, porque da sustento legal a miles de productores orgánicos, que durante varias décadas han cultivado este tipo de productos, los cuales exportan a los mercados internacionales más exigentes.

A pesar de las diferencias que se tienen entre los Lineamientos mexicanos para la producción orgánica y los diferentes reglamentos internacionales, podemos decir que su contenido es de buen nivel, lo cual hace posible que México gestione los reconocimientos de equivalencia con los principales programas internacionales de productos orgánicos como el NOP de los Estados Unidos; el programa de productos orgánicos de la Unión Europea; el programa JAS Orgánico de Japón o el COR (Canadian Organic Regulation) de Canadá, entre otros.

¿Cuál es la importancia de lograr este reconocimiento? Pues nada menos que los productores mexicanos no estarían aplicando al mismo tiempo varias normas internacionales en sus sistemas de producción orgánica como hasta ahora se hace, lo cual tendría menores costos en los sistemas de control interno y también en el proceso de certificación orgánica; pero lo más importante es que daría a México mayor competitividad frente los países productores de orgánicos que no cuentan con sus reglamentos orgánicos.

Si el sistema mexicano no se plantea como uno de sus retos a corto plazo lograr los reconocimientos de equivalencia antes mencionados, entonces lo que se provocaría son mayores costos para los productores orgánicos mexicanos, pues tendríamos que aplicar un sistema de control nacional conforme a la Ley de Productos orgánicos de México para nuestro incipiente mercado nacional, y otros para seguir vendiendo en los mercado internacionales, esto traería como consecuencia pérdida de competitividad en este sector.

Algunas diferencias entre lineamientos mexicanos e internacionales

Los Lineamientos de la producción orgánica para México se basaron principalmente en los requisitos de los reglamentos para productos orgánicos de la Unión Europea y los del Programa Nacional Orgánico de los Estados Unidos (NOP).

Por ejemplo, en el artículo 7 de los lineamientos se registra el Plan de Manejo Orgánico de la misma manera que lo exige el apartado 205.201 de NOP.

En el artículo 11 de los mismos lineamientos se indica que el periodo de conversión tendrá una duración de tres años antes de la primera cosecha orgánica para cultivos anuales y perennes tal como se registra en el artículo 36 del Reglamento CE No. 889/2007 de la Unión Europea para cultivos perennes. La diferencia es que en el reglamento de la UE se registra un periodo de conversión para cultivos anuales de 24 meses antes de la primera siembra orgánica, pero los Lineamientos mexicanos no se hace esa diferencia; en ese sentido el requisito mexicano es más exigente que los reglamentos de la Unión Europea.

Por otra lado, el lineamiento mexicano estipula en el artículo 114 que acepta hasta 500 Kg de Nitrógeno por hectárea por año (N/ha/año) proveniente del estiércol producido por los animales de una granja o rancho orgánico; en el artículo 15 del reglamento CE No. 889/2007 de la UE sólo permite 170 kilogramos de nitrógeno anuales por hectárea procedente del estiércol; las razones de estas diferencias en su momento las deberíamos saber y es responsabilidad de la Sagarpa/Senasica informarlas, tal como lo establece el artículo 3 de los Lineamientos.

¿Qué hacer después de la publicación de los lineamientos orgánicos?

La correcta aplicación de los Lineamientos de producción orgánica recién publicados no sólo deben traer ventajas a los productores que venden en el mercado nacional, sino también a los que venden en el mercado internacional y sobre todo a los consumidores quienes deben estar seguros de que consumen productos orgánicos que no dañen su salud, el medio ambiente y sobre todo contribuyen al desarrollo del campo mexicano.

Lo que se debería hacer de aquí en adelante es lo siguiente:

1.- Difundir y capacitar a los productores, procesadores, comercializadores y consumidores sobre los Lineamientos para la operación orgánica de las actividades agropecuarias en México, esto es tarea de todos, pero principalmente de las autoridades competentes en la materia, que de acuerdo a los artículos 50 y 51 de la Ley de Productos Orgánicos corresponde a la Sagarpa.

2.- Desarrollar el sistema nacional de control de la certificación orgánica en México, esta tarea le corresponde a la Sagarpa/Senasica conforme a los artículos 61 y 62 del Reglamento de la Ley de Productos Orgánicos.

3- Aprobación de los organismos de certificación de productos orgánicos que operan en México, esto se debe hacer conforme al artículo 18 del Reglamento de la Ley de Productos orgánicos.

4.- Gestionar el reconocimiento de equivalencias del sistema nacional de control y certificación con los principales mercados de exportación de productos orgánicos mexicanos conforme al artículo 6 de la Ley de Productos Orgánicos.

5.- Desarrollar programas nacional, estatal y municipal de fomento de la producción orgánica en conformidad con los artículos 6, 37 – 41 de la Ley de Productos Orgánicos.

6.- Sistema nacional de información y estadística de la producción orgánica de acuerdo con los artículos 6 y 21 de la Ley de Productos orgánicos.

7.- Programa nacional serio de promoción de la producción y consumo de los productos orgánicos mexicanos de acuerdo a los artículos 6, 16, 37 de la Ley de Productos orgánicos, los artículos 50 y 51 del Reglamento de la Ley y el Acuerdo para el distintivo (Sello) nacional para productos orgánicos.

Como recomendación general, podemos decir que el sistema de producción orgánica que nuestro país requiere es tan diverso como los principios mismos de este sistema de producción, se deben desarrollar estrategias de corto, mediano y largo plazo; si se tratara de diferenciar cuales son las de corto plazo podríamos mencionar que los puntos 1, 5, 6 y 7 son los más prioritarios, pero si queremos mantener lo que hasta estos momentos se ha logrado y de ahí fortalecer al sector de productos orgánicos, quizás los puntos 2, 3 y 4 son los más urgentes de desarrollar. Lo ideal sería poner en práctica los 7 puntos y en general el contenido de la Ley, Reglamento y Lineamientos de Productos Orgánicos mexicanos.

 

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