Medio Ambiente

Habrá incentivos fiscales para tratar aguas residuales: Conagua

Esta ley entró en vigor a partir del presente año y establece que los contribuyentes que no cumplan con los límites máximos permisibles deben hacer los pagos en forma trimestral y durante 2008 sólo pagarán 50 por ciento de los derechos por descarga.

Otro beneficio de la reforma es que se reduce el derecho por descarga entre 25 y 30 por ciento de lo que se aplicaba anteriormente, así lo explicaron en rueda de prensa, el subdirector general de Agua potable, drenaje y saneamiento de la Conagua, José Ramón Ardavín Ituarte, y el coordinador general de Revisión y Liquidación Fiscal, Mario Alberto Rodríguez Pérez.

Para municipios e industriales que cumplan en tiempo y forma con el pago de este derecho y que sus descargas no rebasen el límite máximo permisible de contaminantes que establece la ley, la Federación les asignará el equivalente al monto pagado, con el propósito de que lo destinen a la construcción de obras de tratamiento de aguas residuales, sobre la base de un plan de acciones, el cual debe ser concluido a más tardar en el 2012 y si se cumple podrá ser condonado su adeudo.

Los usuarios que realicen el tratamiento de las aguas residuales y mejoren la calidad de las descargas, obtendrán descuentos por el pago de los derechos de aguas nacionales del 6 al 44 por ciento, y en el mismo caso, quienes obtengan el Certificado de Calidad del Agua no pagarán el derecho por aguas nacionales, de acuerdo con el artículo 224, fracción V de la Ley Federal de Derechos.

Rodríguez Pérez indicó que el esquema no es recaudatorio por sí mismo, sino debe impulsar el saneamiento de las aguas nacionales y esto trae consigo que tengamos mayor disponibilidad del recurso.

La reforma a dicha ley, aprobada en el Congreso de la Unión, busca incrementar el saneamiento de las aguas residuales de origen municipal e industrial, ya que hoy se trata el 38 por ciento de las aguas residuales recolectadas en todo el país y la meta para el año 2012 es alcanzar el 60 porciento, como lo traza el Plan Nacional de Desarrollo de la presente administración, según explicaron los funcionarios de la Conagua.

Rodríguez Pérez estimó que el adeudo por concepto de pago de derechos por descarga, es del orden de los 240 mil millones de pesos.

Por otra parte, con la reforma se reduce de 16 a 2 el número de parámetros para determinar el grado de contaminación de la descarga. Estos indicadores se refieren a la Demanda Química de Oxígeno (DQO) y Sólidos Suspendidos Totales (SST), a efecto de simplificar y hacer más sencillo el cálculo.

Ardavín Ituarte enfatizó que los dos parámetros ayudan a medir en forma eficiente y representativa el grado de contaminación de los cuerpos de agua, lo que permite por un lado facilitar el cumplimiento de las disposiciones, y por el otro vigilar su aplicación.

Esta medición simplifica la regulación y hay una gran diferencia en costo, en tiempo y facilita al usuario y la autoridad, el poder revisar si se cumple o no la ley.

El funcionario apunto que estas medidas facilitarán en forma general la regulación y la recaudación, y al mismo tiempo va a incentivar que se apoye la construcción de la infraestructura requerida a efecto de poder sanear las aguas residuales.

El número de usuarios o de entidades que descargan agua, que serán fiscalizados se estiman en unos cuatro mil. Los usuarios que sí tratan el agua y cumplen con la norma no son sujetos de este derecho.

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ERNESTO PEREA

Periodista especializado en temas agropecuarios y agroalimentarios. Premio Nacional de Periodismo y Divulgación Científica, otorgado por el CONACYT. En la actualidad director del portal web www.imagenagropecuaria.com Autor del libro Voces y vivencias del movimiento orgánico Ha colaborado con las revistas editadas por el Grupo Expansión. Ha sido consultor de la FAO. Brinda servicios de comunicación, información, análisis y consultoría para diversas empresas e instituciones. Correo electrónico: editor@imagenagropecuaria.com

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