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Nueva Ley Forestal imprecisa, ambigua y contradictoria, organizaciones

  • Solicitarán al titular del Ejecutivo que aplace su entrada en vigor
  • Termina el conflicto histórico entre el sector agrario y el ambienta: Semarnat
  • Viola derechos indígenas: RED MOCAF

La nueva Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable generó posiciones encontradas entre los diferentes actores involucrados. Mientras que para autoridades y asociaciones civiles es motivo de celebración, para organizaciones campesinas e indígenas no lo es porque viola el Convenio 169 por la OIT sobre el respeto del derecho de indígenas y campesinos a la consulta.

La violación del derecho a la Consulta Libre, Previa e Informada de Pueblos, Comunidades Indígenas y Comunidades Equiparables, quienes tienen los derechos de la mayor parte de los recursos forestales en México, es un motivo suficiente para recurrir ante diferentes instancias, entre ellas al Ejecutivo, para demandar que dicha ley no entre en vigor hasta que se respete este derecho, expresó el presidente de la Red Mexicana de Organizaciones Campesinas Forestales (Red MOCAF), Gustavo Sánchez.


Detalló que la Ley Forestal aprobada el pasado 26 de abril en el Congreso mexicano no es motivo de celebración porque la omisión de la consulta deja en “estado de indefensión a indígenas y campesinos” frente a modificaciones de una ley que los afecta de manera directa y “al no saber este importante sector de la población que se está discutiendo una ley forestal, no tiene la oportunidad de opinar y de participar y mucho menos de defenderse de medidas legislativas que vayan en contra de sus derechos”.

Para el titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), Rafael Pacchiano Alamán, la nueva Ley Forestal “abrirá un nuevo capítulo en la historia de la conservación de los recursos naturales de México”  y “es de gran trascendencia para el país ya que con ello termina el conflicto histórico entre el sector agrario y el ambiental y se incluye el manejo forestal comunitario como instrumento de política pública”.

En este sentido, destacó la reforma al artículo 105 de la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) en donde se establece que “

los apoyos gubernamentales que se otorguen a las actividades agropecuarias tendrán que ser compatibles con la protección de los suelos forestales, de manera que no se realice el cambio de uso de suelo de forestal a agrícola o pecuario”.

A través de un comunicado, el funcionario indicó que “los Consejos Estatales Forestales garantizarán la participación de los representantes de comunidades forestales, académicos, pueblos indígenas, profesional, industrial, sociedad civil, jóvenes, mujeres, y gobierno federal”.

La nueva ley también contempla que la Federación establezca mecanismos de apoyo para impulsar el desarrollo forestal sustentable, como los destinados al Programa de Desarrollo Forestal, al de Manejo Forestal Comunitario, al de Plantaciones Forestales Comerciales y la Reforestación y Conservación de los Suelos.

Para la Semarnat, “unas de las finalidades de esta nueva Ley es incrementar el aprovechamiento legal y sustentable de los bosques en beneficio de sus legítimos poseedores, reducir la tala ilegal, evitar la deforestación y contribuir a la Deforestación Cero a la que México se ha comprometido llegar al 2030”.

Ley contraria a derechos e intereses de indígenas

En un comunicado la RED MOCAF señaló que en la nueva ley hay “contenidos muy preocupantes en contra de indígenas y campesinos además de fuertes inconsistencias y se perdió la oportunidad de incluir temas que son fundamentales como la planeación forestal a largo plazo de manera vinculante y una visión integral para fortalecer la legalidad en el mercado de la madera y productos forestales”.

Entre los contenidos propuestos por las organizaciones sociales y que se incluyeron en la ley están el reconocimiento e impulso del manejo forestal comunitario y el fortalecimiento del tema de salvaguardas sociales y ambientales, sin embargo reiteró que la dinámica en la aprobación de nuevas leyes no debe ser avanzar en algunos derechos y retroceder en otros.

En la revisión del contenido de los 163 artículos que contiene la ley aprobada por organizaciones forestales se han identificado ya los siguientes contenidos que son regresivos, por ejemplo se elimina el objetivo general V de la Ley Forestal vigente (Artículo 2 tanto en la ley vigente como en la aprobada), el cual señala:

Respetar el derecho al uso y disfrute preferente de los recursos forestales de los lugares que ocupan y habitan las comunidades indígenas, en los términos del artículo 2 fracción VI de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y demás normatividad aplicable”

Gustavo Sánchez explicó que en esta ápoca de amenazas a los territorios indígenas y comunitarios, por proyectos de alto impacto ambiental y social, este artículo es fundamental, porque de manera explícita señala que las comunidades indígenas tienen acceso preferente a los recursos forestales y claramente su eliminación en la nueva ley tiene una intencionalidad de hacerles más difícil el que se respeten sus derechos.

Otro aspecto muy preocupante –añadió– es acerca de los derechos de las comunidades indígenas sobre los llamados recursos biológicos forestales ya que la ley vigente se vuelve muy laxa en materia del respeto de estos derechos favoreciendo la biopiratería al eliminar los siguientes contenidos clave del artículo 102 de la ley forestal vigente, el cual corresponde al artículo 81 de la ley aprobada:

El registro y certificaciones de los recursos genéticos forestales o de formas modificadas de las mismas, así como las patentes obtenidas por personas físicas o morales, será jurídicamente nulo, sin el reconocimiento previo indicado, salvo lo acordado en los tratados y convenios internacionales relativos a la materia“…Podrá revocarse el permiso correspondiente si se acredita que no se satisficieron los requisitos mencionados”

La nueva ley –agrega el análisis– modifica la definición de recursos biológicos y deja todo el reino animal fuera y, por lo tanto, no esta sujeto a la regulación para fines de colecta.

Gustavo Sánchez remarca que la ley aprobada trae confusiones e imprecisiones, que no contribuyen a tener una regulación clara en materia de autorizaciones, por ejemplo en los artículos 68 y 69, que al parecer eran dos versiones sobre a qué dependencia le corresponden emitir los actos y autorizaciones, por un descuido y falta de supervisión se incluyeron ambos en el dictamen que se puso a votación de los legisladores. De esta manera en la ley aprobada tenemos dos artículos que hablan de las autorizaciones que le corresponde emitir a Semarnat y mientras uno enumera siete temas otro enumera cuatro y algunos de esos temas son repetidos pero fraseados de manera distinta.

Los contenidos de los artículos 68 y 69 son una prueba que pone de manifiesto cómo se hace el trabajo legislativo y que “muchos legisladores no leen ni saben lo que están votando y solo lo hacen por instrucción de su coordinador”.

En el artículo 70 de la ley aprobada no es claro respecto a quién le corresponde realizar los trámites para el otorgamiento de remisiones forestales o cualquier documento que acredite la legal procedencia y/o transportación de productos forestales.

Y explicó que uno de los temas centrales de discusión en el proceso legislativo fue si la Conafor concentraba las atribuciones que la Semarnat tenía en materia de autorizaciones o si la Semarnat como cabeza de sector las conservaba, pero lo que se aprobó en la nueva ley en materia de remisiones es ambiguo, porque las dos entidades tienen la misma atribución lo cual complica y burocratiza un tema ya de por si complejo: cómo dar certidumbre del origen legal de las materias primas que se transportan.

La ley es perfectible: Reforestamos

Por su parte,  el director general de Reforestamos,  Ernesto Herrera Guerra, expuso que la nueva Ley Forestal es un avance importante e incorpora muchas de las exigencias de la sociedad civil” y “es un paso adelante para el impulso del manejo forestal sustentable en México y para el fortalecimiento de las comunidades que habitan los bosques y selvas del país”.

Sin embargo, acotó en un comunicado, “como cualquier instrumento normativo, es perfectible, y aun hace falta trabajar mucho para lograr que el reglamento de la nueva ley esté a la altura de lo logrado en el Congreso”.

En dicho reglamento es “especialmente urgente fortalecer la transparencia en el sector forestal” y hace falta también fortalecer a las instituciones gubernamentales, sobre todo a Semarnat, “para que su gestión de los bosques y selvas sea más efectiva, y para que procese trámites y servicios con mayor agilidad”.

El coordinador de Redes y Alianzas de Reforestamos, Emilio Cruz, consideró que la nueva ley “facilita el combate a la tala ilegal, al clandestinaje y al contrabando, al exigir a todos los actores a lo largo de la cadena de valor -incluyendo a los importadores- que demuestren la legal procedencia de la madera que usan”.

 

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