Medio Ambiente

Firman convenio para cuidar el patrimonio de los pueblos y comunidades

Los pueblos indígenas tienen derecho a mantener, proteger y desarrollar su patrimonio intelectual colectivo, sus conocimientos tradicionales y sus expresiones culturales, afirmó el director general del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas (INPI), Adelfo Regino Montes.

Al firmar un convenio con el director del Instituto Mexicano de la Propiedad Intelectual (IMPI), José Sánchez Pérez, condenó el plagio que se da por terceras personas, quienes se aprovechan de vacíos normativos e institucionales y de la buena fe de la gente, para comercializar, lucrar y cometer actos que denigran las culturas tradiciones y la diversidad étnica y lingüística de México.

En el marco del Día Mundial de las Propiedad Intelectual, ponderó la importancia de adoptar –igual que se hace de manera individual–, una visión colectiva bajo el respeto de los derechos de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, que demandan proteger como propio su patrimonio cultural ancestral.

Derecho internacional

El director general del INPI sostuvo que en el debate que se ha dado en el derecho internacional, la Organización Mundial de Propiedad Intelectual, con sede en Ginebra, Suiza, busca cómo avanzar en el reconocimiento de la propiedad intelectual colectiva.

Destacó el artículo 31 de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, bajo el reconocimiento de la propiedad intelectual colectiva, que defiende el patrimonio cultural, así como los derechos y expresiones culturares tradicionales de los pueblos y comunidades.

“Este artículo contiene el consenso internacional que se ha alcanzado en las Naciones Unidas y es una norma que se debe analizar en el proceso de la propiedad intelectual, para que pronto se pueda reconocer la propiedad intelectual colectiva de los pueblos indígenas”, remarcó.

Adelfo Regino consideró que las instituciones de gobierno tienen las herramientas para materializar y hacer eficaz el principio del derecho internacional, de proteger todas las creaciones intelectuales y artísticas de los pueblos indígenas.

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