Freno a Ley Minera en el Senado, destapa intereses políticos imperantes en México: investigadora
El freno que la Cámara de Senadores impuso a la iniciativa de reforma a la Ley Minera ha vuelto a destapar los intereses que rigen la política en México, afirmó la doctora Aleida Azamar Alonso, investigadora de la Universidad Autónoma Metropolitana (UAM).
Los senadores que han expresado la necesidad de un parlamento abierto para discutir los alcances de la enmienda constitucional lo han dicho desde la perspectiva empresarial y de los dividendos privados, “ya que nunca se mencionó la importancia de convocar a las y los afectados, sean trabajadores o habitantes; no se expusieron los altísimos costos socioambientales de la práctica de esa actividad, ni se ventilaron los casos documentados de corrupción política y criminal con los que se asocia a este sector”.
El Senado debería ratificar las modificaciones a la ley sobre la minería, pues con ello marcaría un hecho histórico al convertir un ordenamiento neoliberal vigente desde 1992 en un mecanismo para generar bienestar colectivo, especialmente para los más marginados, como las comunidades indígenas y campesinas.
“En este momento es fundamental que se apruebe la reforma a esa rama, los cambios adicionales que se requieran –que sabemos que faltan varias cuestiones– pueden irse dando después, por pasos y en la medida que la realidad los demande, pero la población perjudicada ya no puede aguantar más abusos y atropellos”, explicó la especialista en extractivismo y minería.
Azamar Alonso se pronunció por evaluar “lo positivo de la normativa entregada y que se certifique así como está, lo cual sería ideal, pues ahora tenemos una norma súper laxa, que permite que los empresarios abusen de los recursos naturales, del territorio y de las personas, como ha ocurrido en las minas del Pinabete, en el río Bacanuchi o en Pasta de Conchos, sólo por mencionar unos pocos ejemplos de los muchos desastres provocados por este sector”.
Para la coordinadora de la Maestría en Sociedades Sustentables, con la nueva ley el Estado no recupera la rectoría sobre el patrimonio hídrico, “pero se recobra cierta dinámica y poder gubernamental al poner un alto a los grandes financieros –extranjeros y nacionales– que se han enriquecido a costa de la gente y de los bienes del país, lo cual sería una rescate significativo.
“La Cámara Minera de México (Camimex) ha estado presionando, al igual que los apoderados y las calificadoras, diciendo que si el estatuto se subscribe como está se perderían empleos e inversiones, lo cual no es así, pues un proyecto del tipo dura de 15 a 30 años y se agotan los recursos que no son renovables, y en esta propuesta modificada por la Cámara baja se está planteando que pueden tener una concesión por hasta 80 años, por lo que les sobraría el tiempo a las empresas”, apuntó la investigadora del Departamento de Producción Económica de la Unidad Xochimilco.
La especialista señaló que tanto el tema del empleo como la pérdida de inversiones son mitos, pues esta industria cada vez está más tecnificada y, por ello, contratan menos trabajadores y muchos de ellos por la vía outsourcing. Tan es así que esta ocupación sólo genera 110 mil empleos desde hace varios años, lo que representa 0.16 por ciento de la Población Económicamente Activa.
Un aspecto positivo de las modificaciones a la ley, aprobadas la semana pasada por la Cámara de Diputados, es que elimina el carácter de preferencia de la actividad prevista en la actual normatividad, “completamente neoliberal y salinista”, además prohíbe que se lleve a cabo en Áreas Naturales Protegidas y que se realice también la explotación submarina, lo cual es importante, pues es resultado de una lucha de grupos sociales para evitar mayor despojo.
Entre otras medidas se autorizó una consulta previa, libre e informada a los pueblos, así como establecer que las mineras deben contar con permisos de impacto ambiental y social, en tanto se instituyeron delitos y causales de cancelación de la concesión, cuando éstas infrinjan una ordenanza, que puede ser al presentar documentación falsa.
Con la ley vigente, “las empresas podían falsear información sobre la producción y las ganancias, pero con las modificaciones ahora podría multárseles con cinco por ciento de sus ingresos anuales si cometen un ilícito”.
Los cambios realizados en la Cámara de Diputados disminuyeron el impacto positivo que tenía la reforma presidencial, ya que el documento original incluía acortar el plazo de las concesiones, contraprestaciones a las comunidades afectadas y la preocupación por el agua y la falta de control por parte del Estado.
El documento modificado por los diputados abarca la vigencia de las concesiones mineras, en la iniciativa original se planteaba que fuera por 15 años con una sola prórroga por 15 años, siempre y cuando las industrias cumplieran con todas sus obligaciones; la medida aprobada acuerda una vigencia de 30 años, más dos prórrogas de 25 años, que sumarían hasta ocho décadas.
En la medida a aprobar “se pierde el tema de la exploración reservada para el Estado y se permite mediante convenios exploraciones por cinco años a particulares, quienes ahora pueden obtener la concesión si ofrecieran 90 por ciento de la propuesta más alta, lo cual contribuye a la especulación, si bien se evita la transferencia de las concesiones entre particulares”.
Respecto de las contraprestaciones la proposición presidencial disponía que las empresas deberían aportar diez por ciento de sus utilidades, en tanto que la aprobada lo reduce, detalló.
Sobre el agua, la concepción inicial determinaba que las licencias durarían cinco años, y si se estaba sobreexplotando una zona con estrés hídrico era factible revertirlas, mientras en la aprobada, “ante la oposición de las industrias, se homologa la concesión minera con la del agua, con lo cual se volvió a los abusos ya existentes”.
En cuanto a las concesiones del líquido de laboreo, en la iniciativa original el recurso que la empresa tiene derecho a usar en su terreno para lixiviaciones requería un permiso y pagos de derecho, pero en las modificaciones aprobadas sólo se precisa dar aviso a las autoridades y pagar por el uso, una vez que haya sido evaluado por la Comisión Nacional del Agua.
Sobre el acaparamiento del bien hídrico, la versión original proponía que podía concesionarse un tope de 30 por ciento del agua disponible de la cuenca, pero en la resolución sancionada no se asienta un tope de porcentaje.
Acerca de la ocupación temporal de las tierras se instituye que es un derecho del concesionario cuya compensación será estipulada por el Instituto de Administración y Avalúo de Bienes Nacionales, con lo que la empresa ya no tendrá que dialogar con las comunidades.
En la propuesta del Ejecutivo se planeaba que las mineras tendrían que hacer el desmonte de las presas de jales contaminadas después de 365 días, pero ahora sólo lo harían si la autoridad advierte riesgos.
Si bien la iniciativa sancionada por los Diputados ha sido limitada, sigue siendo conveniente para México, puesto que es mejor contar con una legislación que acote la actividad de las mineras que han afectado a la población y han dañado el medio ambiente, precisó la profesora de la Casa abierta al tiempo.