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Inicia veda para el camarón en el Golfo de México y Mar Caribe mexicano

La Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) las fechas y zonas de veda temporal de camarón en aguas marinas y de sistemas lagunarios estuarinos de jurisdicción federal del Golfo de México y Mar Caribe mexicano.

De acuerdo a lo publicado por la dependencia federal en el DOF la implementación de esta veda se da con base en el dictamen técnico realizado por el Instituto Nacional de Pesca y Acuacultura (Inapesca).

Por lo anterior, expuso que ese organismo recomendó a la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca (Conapesca) los siguientes periodos de veda para todas las especies de camarón existentes en aguas marinas de jurisdicción federal del Golfo de México y Mar Caribe.

Detalló que a partir de las 00:00 horas del jueves 27 de abril, fecha de publicación del presente acuerdo, y hasta las 24:00 horas del próximo 15 de agosto, se aplicará esta medida en la zona que abarca desde la frontera con Estados Unidos, en Tamaulipas, a la desembocadura del Río Coatzacoalcos, en Veracruz.

En la franja costera frente a los estados de Campeche y Tabasco se hará lo mismo de las 00:00 horas del 1 de junio y hasta las 24:00 horas del 30 de octubre, apuntó.

De las 00:00 horas del 1 de mayo y hasta las 24:00 horas del 30 de septiembre se dejará de capturar camarón siete barbas (Xiphopenaeus kroyeri) en la franja costera frente a los estados de Campeche y Tabasco, refirió.

Mientras que en la en la zona de la isla de Contoy, en Quintana Roo, se aplicará la medida a partir de las 00:00 horas del 1 de junio y hasta las 24:00 horas del 30 de septiembre, abundó.

En los sistemas lagunarios estuarinos de jurisdicción federal del Golfo de México se estableció la veda temporal desde las 00:00 horas del 26 de mayo y hasta las 24:00 horas del 10 de julio se pondrá en marcha, desde la frontera con Estados Unidos, en Tamaulipas, a la desembocadura del Río Coatzacoalcos, en Veracruz.

En tanto que, de las 00:00 horas del 1 de mayo y a las 24:00 horas del 30 de septiembre, se prohibirá la captura en los sistemas lagunarios estuarinos de Tabasco.

La dependencia informó que el período de veda permanente se retira en las aguas marinas de jurisdicción federal del Golfo de México y Mar Caribe, comprendida en la franja marina de las cero a las 20 millas náuticas a partir de la línea de costa, desde Isla Aguada, Campeche, hasta los límites con Belice.

Lo anterior también incluye las lagunas y zonas costeras en la Península de Yucatán, con excepción de los caladeros de Contoy, en Quintana Roo, agregó.

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