Para evitar panel con EU en T-MEC México debe solventar en próximos meses decreto de maíz
Luego de la solicitud formal Oficina de la Representante Comercial de Estados Unidos (USTR) para iniciar consultas técnicas sobre el decreto de maíz transgénico emitido por el gobierno de México, éste último tendrá hasta el 2 septiembre para solventar este tema y evitar llegar a un panel de solución de controversias establecido en el Capítulo 31 del T-MEC.
La medida a la que recurrió la autoridad estadounidense está sustentada en el capítulo 9 del T-MEC, relativo a Medidas Sanitarias y Fitosanitarias, y “no es de índole contencioso, sino de intercambio de información de carácter técnico y en la cual se buscará encontrar solución en colaboración con USTR”, señaló el Consejo Nacional Agropecuario (CNA)
El organismo –que representa a la máxima cúpula agroempresarial de México– emitió un comunicado donde considera que: “la disputa se acotó significativamente en el último decreto, y deja fuera la mayoría de los flujos comerciales de maíz entre Estados Unidos y México”.
En este sentido cabe mencionar que el nuevo decreto deja la puerta abierta a que se siga importando, de manera indefinida, maíz amarillo para uso pecuario e industrial –del cual México importa 16.5 millones de toneladas de Estados Unidos—, cuya sustitución dependerá de la suficiencia que tenga nuestro país –que según la tendencia de producción no se logrará en el corto plazo–.
“La implementación de alternativas para la sustitución gradual en el país de maíz genéticamente modificado para alimentación animal y de uso industrial para alimentación humana se deberá realizar con base en criterios de suficiencia en el abasto, en congruencia con las políticas de autosuficiencia alimentaria del país, de conformidad con principios científicos y normas, directrices o recomendaciones internacionales relevantes”, señala el decreto publicado el 13 de febrero pasado.
Al referirse a las diferencias entre México y el gobierno estadounidense en este tema, el Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO) anota que en el Capítulo 9 del T-MEC se establece que las controversias entre las partes deberán resolverse en primera instancia a través de procedimientos administrativos, donde participen miembros responsables de asuntos sanitarios y fitosanitarios de ambos países. Empero, “dado que no se llegó a una solución en la primera aproximación diplomática, el gobierno de Estados Unidos recurrió a dicho mecanismo para expresar las preocupaciones que afectan adversamente el comercio del país”.
Detalla que México recibió la solicitud el 6 de marzo de 2023 y “el proceso de consultas técnicas establecido en el Artículo 9.19 del T-MEC señala que representantes de los gobiernos y las autoridades relevantes de México y Estados Unidos deberán reunirse a más tardar el 5 de abril de 2023. El objetivo será resolver el asunto dentro de los 180 días a partir de la solicitud (lo cual implica como fecha límite el 2 de septiembre de 2023)”.
Añade que,
“en caso de que no se llegue a una resolución dentro de las fechas establecidas, o que no se celebre la reunión entre ambas partes antes del 5 de abril, EU podrá recurrir al proceso de solución de controversias establecido en el Capítulo 31 del T-MEC.
El IMCO considera que “el gobierno mexicano debe contribuir a resolver de forma expedita el desacuerdo en lo relacionado con la biotecnología agrícola a fin de permitir que el tratado funcione adecuadamente y evitar llegar a la solicitud de un panel de solución de controversias”.
Para el gobierno estadounidense, “la falta de justificación científica para esta medida contradice las disposiciones del T-MEC”, señala el organismo y añade que “el Capítulo 9 del tratado establece que toda medida que implique prohibición o restricción al comercio de mercancías debe estar debidamente basada en principios científicos, normas internacionales o evaluaciones robustas respecto al riesgo para la vida y salud de las personas –elementos de los cuales el decreto carece-“.
Para el IMCO el decreto en cuestión, además de “representar una posible violación por parte de México al Capítulo 9 del T-MEC, que establece que toda medida que implique la prohibición o restricción al comercio de estas mercancías debe estar basado en principios científicos, la medida adoptada por el gobierno mexicano arriesga la continuidad de la importación de maíz amarillo”.
El presidente de la Unión Mexicana de Fabricantes y Formuladores de Agroquímicos, (UMFFAAC), Luis Eduardo González Cepeda, expuso que la solicitud del gobierno de Estados Unidos en torno al decreto, “era previsible debido a la falta de sustento científico que existe en las decisiones mexicanas que lo único que han logrado es crear incertidumbre en el sector agrícola y amenazar la seguridad alimentaria”.
El representante de la industria de agroquímicos manifestó que México lleva importando maíz transgénico “durante más de 20 años y no se han reportado casos de enfermedades o afectaciones por consumir productos elaborados con ese grano”.
Agregó que “este gobierno publicó primero un decreto, basado en ideología, donde prohibía el uso de glifosato y del maíz genéticamente modificado a partir de febrero del 2024. Estados Unidos le exigió pruebas científicas al gobierno de México por las prohibiciones y en lugar de presentarlas emite un nuevo decreto que enredó más las cosas”.
En un comunicado González Cepeda manifestó que “la solicitud del gobierno norteamericano no habla solo de maíz transgénico, sino de biotecnología, rubro en el que se encuentra el glifosato”, donde se tienen que investigar o señalar cuál es el supuesto daño que causa este herbicida, aprobado en más de cien países, “y el Conacyt no ha demostrado la afectación que asegura que tiene este producto, es decir que no hay estudios en México sobre el posible efecto adverso”.
El presidente de la UMFFAAC concluyó que México está obligado a presentar los estudios científicos o desistir de una prohibición que no tiene sustento científico.
El Consejo Nacional Agropecuario reiteró que todos los acuerdos deben estar basados en evidencias científicas y confió en que este periodo de consultas técnicas encontrará soluciones para evitar llegar a un panel de controversias
Para el IMCO las políticas públicas establecidas en el decreto, “contradicen las obligaciones estipuladas en los acuerdos comerciales repercuten en la competitividad del país, pues obstaculizan el funcionamiento de los tratados y el aprovechamiento de las facilidades al comercio que ofrecen”.