En México se aplican 171 plaguicidas altamente peligrosos; se requiere actualizar reglas y vigilancia

De los 210 ingredientes activos de plaguicidas altamente peligrosos (PAP) que en México están autorizados por la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS), 171 se encuentran prohibidos o no autorizados en otros países, por lo que se requiere actualizar el reglamento en la materia y establecer un sistema nacional de información y vigilancia integral sobre su uso.
Lo anterior de acuerdo con la publicación “Lista de Plaguicidas Altamente Peligrosos en México y Prohibidos en otros Países 2025” elaborado por el doctor Fernando Bejarano González de la Red de Acción sobre Plaguicidas y Alternativas en México (RAPAM), con la colaboración de las doctoras Aurora Elizabeth Rojas García y Yael Yvette Bernal Hernández, investigadoras y docentes de la Universidad Autónoma de Nayarit (UAN) y miembros de la Red de Toxicología de Plaguicidas.
El análisis precisa que 67 plaguicidas tienen una toxicidad aguda muy alta y entre los que causan efectos crónicos (a largo plazo) en la salud humana, se enlistan 45 plaguicidas clasificados por la Agencia de Protección Ambiental de los Estados Unidos como probables y posibles cancerígenos, 42 pueden perjudicar la fertilidad o el feto, y 46 que son alteradores hormonales según la Unión Europea.
En cuanto a la toxicidad ambiental de los PAP autorizados en México, se encuentran 79 plaguicidas autorizados que son muy tóxicos para las abejas, 17 que son muy tóxicos para organismos acuáticos y 14 muy persistentes en agua, suelo o sedimentos.
Fernando Bejarano afirmó que “Aunque no hay un registro público del uso de los plaguicidas en México, que permita saber con precisión cuántos de los 210 PAP identificados se siguen usando, pues un gran número obtuvieron permisos con vigencia indeterminada, lo que sí se conoce, por las investigaciones de campo realizadas por académicos y de grupos no gubernamentales, es que los PAP se usan a lo largo y ancho del país por productores a pequeña, mediana y gran escala”.
Por su parte, Aurora Rojas afirmó que “de manera prioritaria se deberían prohibir el insecticida clorpirifos etilo, denominado comúnmente como clorpirifos, por ser un neurotóxico infantil y alterador hormonal, del cual no hay una dosis segura de exposición, que puede bioacumularse y desplazarse a grandes distancias, y del que ya se acordó en el Convenio de Estocolmo su prohibición mundial”
En tanto, Yael Bernal añadió “es urgente que se quite al clorpirifos de la lista de insecticidas recomendados por el Centro Nacional de Prevención y Control de Enfermedades (CENAPRECE) para el control de mosquitos adultos mediante nebulizaciones, por el grave riesgo que significa para la población; se debe poner énfasis en la prevención y una estrategia de manejo integral de vectores con participación y educación ciudadana”.
Bejarano González añadió “tres insecticidas altamente peligrosos que también deberían prohibirse de manera prioritaria son el insecticida fipronil y los neonicotinoides imidacloprid y tiametoxam, causantes de la muerte masiva de abejas en México y prohibidos en la Unión Europea por sus efectos nocivos a estos polinizadores; además debería prohibirse también el herbicida glifosato considerando los avances realizados en el sexenio pasado en las alternativas de manejo agroecológico y porque es un compuesto confirmado como probable carcinógeno, entre otros efectos dañinos.”



