¿Tasa cero a fertilizantes y abonos orgánicos para agro?
La propuesta la hizo el senador Monreal, por los beneficios que genera a la producción y al medio ambiente.
En el Senado de la República se propuso establecer la tasa del cero por ciento del IVA (Impuesto al Valor Agregado),en la enajenación de fertilizantes, plaguicidas, herbicidas, fungicidas y abonos orgánicos que se emplean en las actividades agrícolas y ganaderas.
Al presentar esta iniciativa, el senador del Partido del Trabajo, David Monreal Ávila, planteó que la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa) pueda celebrar convenios con los estados y municipios para promover su uso y difundir información sobre sus beneficios.
La iniciativa propone modificar el artículo 2o.-A de la Ley del IVA, el cual señala que el impuesto se calculará “aplicando la tasa del 0% a los valores, cuando se realicen los actos o actividades, dentro de las cuales se encuentran los fertilizantes, plaguicidas, herbicidas y fungicidas, siempre que estén destinados para ser utilizados en la agricultura o ganadería”.
Sin embargo, acota, según “la Ley de Productos Orgánicos los productos orgánicos de fertilizantes y abonos materia de esta iniciativa, son una gama diferente de productos, por lo cual resulta indispensable señalar con toda precisión que estos pueden estar exentos de aranceles, y en consecuencia sean tasados con 0% de IVA”.
En este sentido, la iniciativa propone modificar la Ley del IVA a fin de establecer que dicho beneficio deberá ser aplicado tanto para los fertilizantes y abonos tradicionales, así como para aquellos con características orgánicas.
El objeto de esta reforma, explicó Ricardo Monreal, por un lado es incentivar la fabricación de estos productos, y por otro lado promover su uso entre pequeños y grandes agricultores, esto a través de disminuir sus costos, y reduciendo con ello el impacto al medio ambiente por el uso de dichas sustancias.
El legislador destacó que con los cambios a las leyes de Productos Orgánicos y del Impuesto al Valor Agregado, se busca mitigar el impacto ambiental de los productos químicos en los suelos, y con ello impulsar la agricultura sustentable en beneficio del medio ambiente.
Entre los efectos positivos del uso de abonos y fertilizantes orgánicos, dijo, se encuentra el aumento en la porosidad, de la capacidad del suelo para retener agua, el incremento en la velocidad de filtración de la misma agua en el suelo, la estabilidad de agregados y la conductividad hidráulica.
Aclaró que el objeto de esta modificación no es expandir el cultivo de productos con característica orgánicas, sino que en la producción de cualquier producto agrícola se utilicen fertilizantes y abonos que ocasionen un menor impacto ambiental, esto a través de la disminución de daños al suelo, al agua y al aire, quienes reciben las sustancias dañinas que contienen los fertilizantes y abonos tradicionales.
El senador petista consideró que el problema del daño al medio ambiente debe ser una prioridad para el Estado mexicano, preservar los recursos naturales y disminuir el impacto generado sobre ellos a consecuencia de solventar las necesidades de las personas, como lo es la alimentación, es una obligación que debe recibir respuestas urgentes y eficaces. Con estas modificaciones propuestas se estaría dando un paso más hacia la sustentabilidad del campo.
La iniciativa presentada el 14 de abril fue enviada a la Cámara de Diputados para su análisis.
Texto vigente | Texto propuesto | |
Artículo 1.- La presente Ley es de orden público y de interés social y tiene por objeto:I. Promover y regular los criterios y/o requisitos para la conversión, producción, procesamiento, elaboración, preparación, condicionamiento, almacenamiento, identificación, empaque, etiquetado, distribución, transporte, comercialización, verificación y certificación de productos producido orgánicamente;
Artículo 6.- Corresponderá a la Secretaría. I a XI… XII. Promover la apertura en las fracciones arancelarias existentes para productos provenientes de sistemas orgánicos, a fin de facilitar la comercialización diferenciada y coadyuvar al mantenimiento de la integridad orgánica en las exportaciones e importaciones de las mercancías, y XIII. Aplicar los derechos relacionados con los servicios en todo el Sistema de control nacional y además actos administrativos de la Secretaría que se deriven de la aplicación de esta Ley, los cuales se sujetarán a lo dispuesto por la Ley Federal de Derechos. |
Artículo 1.- La presente Ley es de orden público y de interés social y tiene por objeto:I. Promover y regular los criterios y/o requisitos para la conversión, producción, procesamiento, elaboración, preparación, condicionamiento, almacenamiento, identificación, empaque, etiquetado, distribución, transporte, comercialización, verificación, uso y certificación de productos producidos orgánicamente;
Artículo 6.- Corresponderá a la Secretaría. I a XI… XII. Promover la apertura en las fracciones arancelarias existentes para productos provenientes de sistemas orgánicos, a fin de facilitar la comercialización diferenciada y coadyuvar al mantenimiento de la integridad orgánica en las exportaciones e importaciones de las mercancías; XIII. Aplicar los derechos relacionados con los servicios en todo el Sistema de control nacional y además actos administrativos de la Secretaría que se deriven de la aplicación de esta Ley, los cuales se sujetarán a lo dispuesto por la Ley Federal de Derechos, y XIV.- Celebrar convenios con las entidades federativas y municipios para promover el uso de fertilizantes y abonos orgánicos dentro de las actividades agrícolas y ganaderas, así como difundir información de los beneficios del uso de estos productos. |