Biotecnologia

Descarta Cibiogem siembra comercial de maíz en el corto plazo

La publicación del reglamento de la Ley de Bioseguridad y Organismos Genéticamente Modificados (LBOGM) no implica “de ninguna manera” permitir el cultivo de transgénicos en ninguna escala, afirmó el secretario ejecutivo de la Cibiogem, Ariel Álvarez Morales.

Explicó que el reglamento precisa algunos puntos de la ley, por lo que quien tenga intención de sembrar Organismos Genéticamente Modificados (OGM) tendrá que realizar su solicitud ante la secretaría competente y en función del reglamento se analizará y conforme a la ley se determinará si se siembra o no, así como su posible liberación en campo.

“La Ley nos marca claramente que esto tiene que ser caso por caso y paso por paso. Así que en principio esta descartado la posibilidad de tener siembras comerciales en el corto plazo, fundamentalmente para maíz. No puede haber liberación comercial de maíz por el sólo hecho de que se haya publicado el reglamento”.

En rueda de prensa, invitado por el secretario de Agricultura, Alberto Cárdenas, Ariel Álvarez dijo que si las empresas tienen la intención de llevar a cabo experimentación tendrán que hacer su solicitud, la cual con las o precisiones que marca el reglamento serán analizadas, se harán análisis de riesgo apropiados y se determinará si se puede hacer o no la prueba.

Respecto al régimen especial de protección al maíz, precisó que el artículo 65 del reglamento de la LBOGM señala que debe establecerse e incluir disposiciones de orden jurídicas relevantes a bioseguridad, por lo que debemos ser cuidadosos en lo que deba suceder en cualquiera de las etapas relacionadas con maíz genéticamente modificado. Sin embargo, acotó, el 8º transitorio del mismo reglamento indica que tenemos un periodo de 60 días para determinar cuáles son las medidas de bioseguridad necesarias para poder dar atención a las solicitudes de experimentación.

El régimen especial de protección al maíz –subrayó– es amplio y dicho transitorio dice para no tener que esperar todo un documento que puede ser muy complicado, porque implica muchos aspectos –desde subsidios al maíz criollo, fomento, generación de bancos de germoplasma, identificación de lugares de biodiversidad–, hay que definir las medidas de protección necesarias para poder experimentar si llegan solicitudes y dar atención a éstas.

El secretario Ejecutivo de Ciobiogem remarcó en que la primera parte del régimen tiene que estar en 60 días, el resto del régimen lo vamos a empezar a trabajar a la mayor brevedad al interior de la Cibiogem para poder tener este régimen en un plazo muy razonable, porque tiene que estar listo para cuando consideremos llegar a las siguientes etapas — piloto, pre comerciales o comercialización–, si se llega.

La experimentación con OGM –agregó– nos tiene que decir que tan rápido vamos a avanzar, las respuestas que se obtengan de esta marcaran la pauta que tan rápido y como avanzamos a las siguientes etapas.

En relación con la responsabilidad que tiene cada una de las dependencias en caso de una posible contaminación transgénica, Ariel Álvarez destacó que se trabaja al interior de Ciobiogem en establecer mecanismos que definan claramente cuales son las facultades de cada una de las autoridades competentes y hasta donde llegan sus responsabilidades.

El reglamento, añadió, da precisiones de cómo actuar, pero hay que definir mecanismos, quién va a vigilar, tomar muestras, cómo se va a hacer, que autoridad es la competente. Estamos trabajando en este y esperamos pronto pode tener las definiciones bien claras.

El secretario de Agricultura anotó que el reglamento da certidumbre jurídica a cada uno de los actores, qué toca al gobierno federal, pero también al interesado en el cumplimento de los establecido para este tipo de cultivos. Cumpliremos cabalmente con el fin de garantizar salud humana, de los ecosistemas y la biodiversidad, recalcó.

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