Los cambios pendientes a la Ley Agraria buscan fortalecer las atribuciones de la Secretaría de la Reforma Agraria (SRA) al pasarle de manera íntegra la Subsecretaría de Desarrollo Rural, que hoy forma parte de la Secretaría de Agricultura, ya que está más acorde con las sus atribuciones.Este es un punto donde no ha habido acuerdos entre las fracciones parlamentarias de los diferentes partidos, y que dejó suspendida la reforma de ley.El presidente de la Comisión de Reforma Agraria de la Cámara de Diputados, Ramón Ceja Romero, informó que el punto a dirimir es que mientras la fracción del PAN, de la que él forma parte, está a favor de que sea el Jefe del Ejecutivo el que determine las facultades de cada esas dos secretarías de Estado, algunos diputados consideran que corresponde a los legisladores aprobar esta propuesta.“Algunos diputados, creemos que en una ley reglamentaria del artículo 27 no puede definirse este asunto, sino que debe ser el Ejecutivo a través de la Ley Orgánica de la Administración Pública para que establezca las facultades que corresponde a cada una de las dos dependencias del gobierno federal”, precisó el legislador panista a Imagen Agropecuaria.Dicha subsecretaria se encarga de las inversiones que se realizan en las parcelas de las comunidades rurales, así como la aplicación planeada de los programas del gobierno federal que buscan detonar al campo como un negocio rentable para productores, especialmente de las zonas rurales marginales, explicó.Y mientras la fracción parlamentaria priísta pugna porque la Comisión de la Regularización de la Tenencia de la Tierra (CORETT), que ahora forma parte de la Secretaría de Desarrollo Social, pase a la Secretaría de la Reforma Agraria, él en su calidad de presidente de la Comisión de Reforma Agraria de la Cámara de Diputados, considera que debe permanecer en SedesolCeja Romero estimó que pudiera darse un periodo extraordinario de sesiones en la Cámara de Diputados después del 5 de julio a fin de “no contaminar” el proceso electoral, y empezar las discusiones para modificar la Ley Agraria que ya tiene notables avances, faltan entre 15 y 20 por ciento de aspectos en los que hay que lograr consensos, estamos “atorados. Desafortunadamente el tiempo no nos alcanzó para poderla dictaminar y urge esa ley del campo”.Se intentaría que el Senado aprobara esa ley en el mismo periodo extraordinario para que entrara en vigencia el próximo mes, apuntó.Quitar candados a venta de tierrasOtro aspecto importante es quitar los candados que están poniendo obstáculos al trámite de enajenación o venta del ejido. De acuerdo con la ley vigente, se podrá vender parcelas únicamente a las personas que están reconocidas como ejidatarios o avecindados del núcleo.De igual manera y ya está aprobado en el artículo 80 de la Ley Agraria, que si hay una persona a la cual se le tiene que notificar “el derecho al tanto” y está quiere inmediatamente renunciar, lo puede hacer por escrito para agilizar los trámites.Sobre esta temática, proponemos que si alguna persona que tiene “derecho al tanto” no se encuentra en el lugar y pasados cinco años no reclama el que no se le haya notificado, la venta ya realizada quede firme, precisó Ramón Ceja.En la actualidad la ley dice que si no se notifica a la persona sobre “el derecho de tanto” y regresa al ejido en 10, 15, o 20 años, inmediatamente puede declarar nula la venta.Además, entre los legisladores aún no se logra acuerdo sobre la propuesta de que si en dos años la persona no ejerce ningún derecho, pierda todo el derecho sobre la titularidad de la tierra, como lo establecía la anterior ley de la Reforma Agraria.“Creemos que ese planteamiento es ir en retroceso y en lugar de ayudar a los ejidatarios se les estaría atando más”, opinó Ramón Ceja.“El derecho al tanto” que establece la ley es el derecho que tienen la cónyuge, los hijos y los parientes cercanos a comprar o adquirir las tierras cuando el titular las quiere vender. El titular tendrá que notificarles que quiere venderlas y ellos tendrán que ejercer su “derecho al tanto” y comprarlas en un término de 30 días; si en ese plazo ellos no exigen “el derecho al tanto”, el titular puede enajenarla a cualquier ejidatario o avecindado del mismo núcleo.}Y si se quiere que se tenga una identidad para que puedan adquirir las parcelas, ciertamente la asamblea del ejido puede reconocer como ejidatario o avecindado a cualquier ciudadano, a cualquier inversionista, pero tiene que pasar primero por la aprobación de la asamblea para que puedan dar el visto bueno y puedan reconocerlo como tal y después poder adquirir las tierras de cualquier titular del núcleo, explicó el diputado Ceja Romero.Especificó que el proceso lleva entre 45 días a dos meses, es el tiempo que lleva poder realizar estos pasos, entendiendo que si la persona o inversionista no es reconocido como avecindado o ejidatario tendrá que ponerse a consideración de la asamblea, ésta se convoca y se realiza en 15 días y de ahí los 30 días que deben de correr para ejercer “el derecho de tanto para comprar la parcela. Son trámites sencillos y ágiles”.La asamblea, agregó, cuida que no vayan a entrar personas que utilicen las tierras de forma irresponsable o que vayan a hacer algún fraccionamiento que perjudique a tierras aledañas. Enfatizó que lograron aprobar la modificación al artículo 80, y ya entró en vigencia, el resto de la ley quedó suspendido porque no hubo consenso ya que algunos legisladores plantean que en lugar de que sea una asamblea la que acuerde admitir a un inversionista, consideran que esto se decida con tres tipos de asamblea, lo cual en opinión del diputado panista eso viene a confundir más a los ejidos, “si con una asamblea tienes problemas, con tres se tendrían más”.En resumen, manifestó el presidente de la Comisión de Reforma Agraria, el objetivo es que el ejido y las comunidades agrarias puedan pasar a un desarrollo sustentable y sean un detonante económico.De ahí la propuesta la asociación y aprovechamiento conjunto de tierras que permitiría que un ejidatario pudiera asociarse con otro o hasta con un pequeño propietario.En México tenemos el problema de que cada vez las parcelas son más pequeñas en superficie, pero si se logran compactar o asociar varias parcelas de varios titulares e incluso de pequeños propietarios se va a lograr tener parcelas más grandes y poder impulsar el desarrollo económico rural, apuntó.Mencionó que 52 por ciento de las tierras rurales en México son ejidales.“Pondremos algunos términos para que los inversionistas vean atractivo acercarse al campo, cuidando que no se abuse de los ejidatarios o comuneros por parte de los inversionistas, y al mismo tiempo darle garantías a éstos”, garantizó.A su vez, indicó que al inversionista se le ampliaría el término para invertir, actualmente la ley habla de 30 años y se pretende que se incremente a 50 años para hacer un convenio de aprovechamiento de una tierra.La idea es que el ejidatario pueda tener participación en el proyecto y la SRA tendría que revisar que participe. Esta puede ser como asociado o simplemente como parte de renta de la tierra, pero que la dependencia en determinados periodos revise el pago de la renta de sus tierras.Se puso una propuesta en la mesa para establecer un porcentaje de lo que debe pagarse, sin embargo, lo fundamental es que la SRA al dar su aval de aprobación al proyecto supervise que existe ese porcentaje de aprovechamiento del ejidatario que le permita que fuera buena la ganancia y se estableciera de acuerdo al valor de su tierra y por el tamaño de superficie, y que pudiera tener ingresos equiparables a que si él estuviera sembrando la tierra, obtuviera esas ganancias, expuso.