En conferencia de prensa, tras rendir su informe de labores, el magistrado presidente del Tribunal Superior Agrario (TSA), Ricardo García Villalobos, expuso que desde dicha reforma a la Constitución pocos ejidos se han privatizado y hoy apenas representan 2 por ciento en el país.Agregó que ha sido uno de los tantos asuntos que la reforma de 1992 no cumplió cabalmente, porque la idea era que se pudieran privatizar para que hubiera coinversión con el sector privado.Los ejidos que se han privatizado han sido para venta de tierras a desarrolladores urbanos y turísticos. El objetivo era que el campesino tuviera una forma de subsistencia distinta a través de coinversiones privadas para cuando la tierra se agotara, apuntó.Lo que inhibe la inversión privada es un tema de seguridad jurídica y no de rezago en tribunales, que no existe, recalcó.“El tema del amparo agrario durante la mitad del siglo XX tuvo un contenido social importante y hace que nuestras resoluciones queden latentes y pueda haber un litigio que tarde de uno a cuatro años o más, de ahí que empresarios no quieran arriesgar sus inversiones”.Extinción de dominioReferente a la medida “extinción de dominio”, que permite que los bienes que se usen para cometer ilícitos pasen a poder del Estado, debe analizarse con cuidado ya que va a incidir en el sector agrario muy delicadamente.Podría haber presiones sobre la renta de las tierras, y por ello propuso crear un fideicomiso y que no se prejuzgue sobre la propiedad.Lo delicado seria incautar tierras, traspasarlas a terceras personas, como campesinos que las adquieren de buena fe pero desposeen a la persona que se le decomisó.El magistrado presidente del TSA consideró que se puede prestar a irregularidades, de ahí que pudiera crearse una bolsa común de tierras en tanto aparece alguien a reclamar y así evitar que queden ociosas.En la actualidad –dijo- hay gran cantidad de tierras ociosas que perdieron la vocación agrícola porque la ley no prevé que el abandono de la tierra durante dos años implique la pérdida del derecho. Antes la legislación señalaba que si en ese lapso no se cultiva la parcela se podía regresar al núcleo agrario y este asignársela a un tercero que la quisiera cultivar.Recordó que hace seis sexenios cuando se dieron los grandes decomisos de tierras y droga se dieron en reparto agrario a campesinos a fin de que estuvieran cultivadas.Pasaron años y terceras personas llegaron a comprobar que eran propietarios pero ya no era posible quitarles las tierras a los campesinos porque tenían cultivos, y el Estado tuvo que pagar mucho dinero en indemnizaciones.Ante esta problemática, las comisiones de Justicia y de Estudios Legislativos del Senado aprobaron este 2 de abril el dictamen sobre la Ley de Extinción de Dominio, el cual será presentado al pleno para su discusión definitiva en la sesión del jueves.Se espera que con la ley de Extinción de Dominio los tres niveles de gobierno de todo el país contarán con herramientas eficaces para combatir a la delincuencia organizada.