La siembra a campo abierto de las líneas transgénicas de maíz disponibles por ahora, “implica riesgos importantes al ambiente, economía, y a la salud de los mexicanos, así como a nuestra soberanía alimentaria”, aseguran.Organizaciones como Green Peace y diversos investigadores de la UNAM y la UAM han insistido en que debe aplicarse el enfoque precautorio y garantizarse su aplicación en tanto la falta de evidencia científica no garantice la inocuidad, seguridad y viabilidad del cultivo de maíz transgénico en superficies experimentales de los lugares solicitados, en estados como Sinaloa, Sonora, Chihuahua y Tamaulipas.De acuerdo con un documento que compila opiniones científicas y de organizaciones de la sociedad civil, elaborado por Adelita San Vicente Tello, dirigente de Semillas de Vida, las solicitudes hechas por empresas como Monsanto y Pionner “carecen de información fundamental que permita garantizar la bioseguridad de las variedades nativas, variedades mejoradas e híbridos de maíz (Zea mays subespecie mays), así como sus parientes silvestres (otras especies y subespecies del género Zea existentes en nuestro país”.Apunta que jurídicamente no es posible otorgar permisos de liberación de maíz transgénico sin contar con los elementos de bioseguridad establecidos en la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados (LBOGM). En particular el Régimen de Protección Especial del Maíz. Asimismo, la determinación de los centros de origen y diversidad de variedades silvestres y/o nativas como mandata el artículo 86 de la LBOGM. Además de las normas oficiales mexicanas que se establecen en la LBOGM (Greenpeace).También argumenta que las solicitudes presentadas son incompletas pues no contienen la información que señala el Reglamento de la LBOGM ( artículo 16), por lo que considera que deben ser negadas en base al artículo 34 fracción II A) y B) de la LBOGM y si se otorgaran se infringiría el Código penal, artículo 420 ter...Las solicitudes –agrega-- que se presentan corresponden a modificaciones transgénicas muchas de las cuales ya fueron probadas en México antes de que se estableciera la moratoria en el periodo de 1995 a 1999. Además, no toman en cuenta la biodiversidad nativa de las plagas del maíz en México y de sus enemigos naturales producto de su coevolución con el maíz que tiene implicaciones en el desarrollo de resistencias a la tecnología del maíz transgénico; la ubicación geográfica de los parientes silvestres del maíz (teocintle y Tripsacum) en amplias áreas geográficas, la persistencia del mejoramiento genético autóctono que usa la vía “semilla-polen” para sus cruzamientos y dispersión de alelos en sus poblaciones; y el valor inapreciable de la diversidad genética del maíz nativo in vivo, insustituible por su versión conservada in situ y/o ex situ. Observa que la mayor parte de los eventos son de una sola empresa de origen estadounidense, Monsanto, por lo que resulta “sumamente preocupantes las posibles prácticas monopólicas que esta empresa pueda ejercer sobre las semillas del cultivo del maíz en nuestro país, a través del establecimiento de patentes. En el Registro de patentes del Instituto Mexicano de la Propiedad Intelectual, consultados en Banapanet del 27 al 31 de octubre de 2008 (http://www.impi.gob.mx/) se encontraron por parte de Monsanto 378 patentes registradas, entre las cuales se detectan patentes relacionadas con los eventos solicitados”.