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Impulsan cambios en NOM-187 para definir contenido en elaboración de tortilla

El pasado 16 de febrero se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el proyecto para modificar la Norma Oficial Mexicana NOM-187, y concretar cambios en la regulación de la tortilla de maíz y trigo en México.

Con esta publicación se abre un periodo de consulta pública para que cualquier interesado pueda emitir comentarios o recomendaciones de mejora en la redacción de la norma, durante un periodo de 60 días contados a partir del 15 de febrero de 2022, para que una vez atendidos, se publique la norma definitiva.

La Fundación Tortilla señala que en las últimas décadas se ha deteriorado la calidad de la tortilla al carecer de una regulación que defina claramente a este producto, que vigile sus ingredientes y que garantice los derechos de quien la consume.

En junio de 2019, Fundación Tortilla presentó una iniciativa a las Secretarías de Economía y Salud para modificar la norma que regula la elaboración y comercialización de masa, tortilla y tostada de maíz y trigo en México. Dicha petición fue apoyada por actores del sector, consumidores y por representantes de la sociedad civil.

Entre los principales cambios esta el reconocimiento de tres tipos de tortilla: tortilla de maíz nixtamalizado, tortilla de harina de maíz nixtamalizado y tortilla combinada de maíz  y harina de maíz nixtamalizado.

Además que las tortillerías estarán obligadas a contar con carteles de información al consumidor, donde se debe especificar el tipo de tortilla que elaboran y presentar el listado de ingredientes empleados.

Se integra la opción de declarar el uso de maíz nativo o criollo en la elaboración de masa, tortilla y tostada de maíz, siempre y cuando se cumpla con los requisitos que lo comprueben.

Se prohíbe el uso de colorantes o blanqueadores que tengan como objetivo imitar el color de un ingrediente opcional o el color de un grano de maíz para evitar engaños del consumidor.

En caso de utilizar aditivos químicos en la elaboración, estos deben ser declarados en la lista de ingredientes con su nombre específico. Las tortillerías que mezclan nixtamal y harina de maíz deberán declarar el porcentaje utilizado de cada uno de estos ingredientes.

Solo se le podrá llamar tortilla al alimento que contenga como ingredientes básicos maíz o trigo.

La masa, tortillas y tostadas podrán incluir ingredientes opcionales tales como nopal, chile, frijol, linaza u otros. Mismos que deberán ser declarados de forma específica en la lista de ingredientes.

Las empresas que comercializan aditivos químicos para tortilla deberán declarar los ingredientes y aditivos específicos que utilizan en sus mezclas para que estos, a su vez, sean declarados al consumidor final.

Se reducirán los límites máximos permitidos de aflatoxinas en masa, tortilla y tostadas, sustancias tóxicas generadas por problemas durante el cultivo o el almacenamiento de los cereales.

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